¿«REMOVER» O «QUITAR»?

Los anglosajones usan mucho el verbo to remove (que procede del latín, como nuestro remover). Sus significados principales en inglés son ‘quitar’, ‘borrar’, ‘apartar’, ‘suprimir’ y ‘destruir’.

Como el inglés cada vez nos invade más, a algunos se les ha ocurrido pensar que, si le damos a nuestro remover los sentidos que acabamos de referir, quizás incurramos en anglicismo.


¿Es esto verdad? ¿Se nos ha colado en casa un nuevo extranjerismo innecesario?


La duda se deshace fácilmente. Basta acudir al primer diccionario de la RAE, en cuyo tomo V, publicado en el año 1737, los dos sentidos principales que se le atribuyen a remover son «pasar o mudar una cosa de un lugar a otro» y «quitar, apartar o obviar algún inconveniente».

Tales sentidos los confirmaba el diccionario con citas de autores de los siglos XVI y XVII, esto es, con citas de la época clásica (la época en que el idioma quedó fijado y alcanzó su máximo esplendor):

    «Pero ni tampoco se conservó siempre aquí Burdino, pues fue removido de orden de Honorio III el año de mil docientos y veinte y cuatro» (Marqués de Mondéjar, Predicación de Santiago en España).

    «Cuál, para consultar la pitonisa, / al pueblo ambiguo en la ocasión exhorta; / y cuál que el santo oráculo de Delo / remueva y quite de la duda el velo» (José de Villaviciosa, Mosquea).

    «Deseando más que todo acelerar su ida al reino de Nápoles, y para esto remover el embarazo del pontifice» (Otón Edilo Nato de Betissana, epítome de la Historia de Italia, compuesta originalmente en italiano por Francesco Guichardini).

    «Que había sido una gran piedra que le había dado, que un caballo había removido por la cuesta abajo» (Inca Garcilaso, Comentarios reales de los incas).


Y modernamente la RAE recoge en su CORDE más citas antiguas en las que se ve usado remover con los sentidos que se tachan de anglicados:

    «Y con toda diligencia se embarcaron y salieron del puerto, y hallaron con los paraos de Gilolo, para que con buena orden todos diesen sobre los enemigos; y respondieron los de Gilolo que los dejasen a ellos, porque querían probarse con los de Ternate y con los portugueses; y, por mucho que se les dijo, no los pudieron apartar ni remover de aquel su propósito» (Gonzalo Fernández de Oviedo, Historia general y natural de las Indias [1535 – 1557]).

    «Por la diferencia y disensión grande que había entre el rey y el infante don Alonso, su hijo, mandó el rey llamar a Cortes a los de Aragón y Cataluña; y ayuntáronse en Alcañiz por el mes de febrero del año de la Navidad de 1250, siendo don Martín Pérez de Artasona justicia de Aragón. En estas Cortes el rey pidió consejo a sus súbditos para deliberar en ellas cómo se removiese la discordia y diferencia que había entre él y su hijo…» (Jerónimo Zurita, Anales de la Corona de Aragón, parte I [1562]).

    «… que él, desde su juventud, con gran diligencia, sobre todas las cosas había procurado la unión y concordia de la Iglesia, removiendo de la cristiandad toda disensión y cisma…» (ibidem, parte II [1579]).

    «Que el rey de Francia quitaba, removía y soltaba la superioridad y dominio que tenía sobre las tierras de Flandes y condado de Artois; y, por ser esto cosa grave y de importancia, prometía que haría que todos los estados de Francia lo consintiesen, aprobasen y confirmasen» (Prudencio de Sandoval, Historia de la vida y hechos del emperador Carlos V [1604 – 1618]).

    «Y parece que aun en esto, como en otras muchas cosas, imitan nuestras encomiendas el ejemplar de los feudos, porque un capítulo de ellos nos dice que en tiempo antiguo tambien estaban de tal manera pendientes de la potestad y voluntad de los que las concedían que los podian quitar y remover a su albedrío» (Solórzano y Pereira, Política indiana [1648]).

    «… que también los inferiores al príncipe, por justas causas, pueden suspender y aun remover a algun magistrado de su cargo y oficio. Y tienen por justas causas su mucha negligencia o insuficiencia, y principalmente si prevaricó en su oficio o por otras vías atropelló y menospreció las obligaciones y leyes dél» (ibidem).





REAL ACADEMIA ESPAÑOLA: Nuevo tesoro lexicográfico de la lengua española [http://ntlle.rae.es/ntlle/SrvltGUIMenuNtlle?cmd=Lema&sec=1.0.0.0.0], fechas de la consulta: 10 y 17 de marzo de 2023.
REAL ACADEMIA ESPAÑOLA: Banco de datos (CORDE) [en línea]. Corpus diacrónico del español [fechas de la consulta: la misma].

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